Congreso

Proponen diputados ampliar a cinco años vigencia de licencia de conducir

PACHUCA DE SOTO, 06 JUN/News Hidalgo/.- Ampliar a cinco, en lugar de dos años, la vigencia de la licencia de conducir plantea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 49 de la Ley de Vías de Comunicación y Tránsito estatal que el diputado, Rafael Garnica Alonso, sometió hoy a consideración del pleno del Congreso del Estado de Hidalgo.

El legislador por el Distrito X Apan detalló en su exposición de motivos que el propósito de la modificación es contar con un modelo que genere un costo-beneficio en el que no solo se vea la parte recaudatoria, sino que los propietarios y usuarios de automotores obtengan un aliciente en la obtención de su licencia de conducir en la entidad.

Mencionó que la ampliación de la vigencia no afecta los ingresos del estado por este concepto, ya que el costo de la licencia de conducir se proyectaría para los cinco años correspondientes.

Garnica Alonso explicó que, de acuerdo con un estudio comparativo sobre la vigencia de la licencia en otras entidades federativas, Hidalgo es uno de los tres estados en los que el periodo de vigencia es de dos años, junto con Tamaulipas y Coahuila.

Añadió que hay cinco estados, Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Nuevo León y Veracruz, donde la vigencia es de tres años, mientras que en ocho entidades, Colima, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Durango, San Luis Potosí y Sinaloa, es de cuatro años.

El diputado morenista comentó que en Aguascalientes, Baja California, Chiapas, Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Sonora, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, la vigencia va de cinco y seis años, y que en el caso de Tabasco es de 10 años. Mencionó que Quintana Roo es la única entidad en la que la licencia de conducir del servicio particular la otorgan los ayuntamientos.

La reforma al artículo 49 de la Ley de Vías de Comunicación y Tránsito del estado propuesta este día establece que las licencias de conducir tendrán vigencia de cinco años, serán otorgadas por la dependencia a cargo y cubrirán la Unidad de Medida y Actualización (UMA) correspondiente al año en curso y sin más limitación que la derivada por suspensión o cancelación definitiva ordenada por la autoridad competente o cuando el titular no reúna las aptitudes expresadas en el artículo 43 fracción III.

Mostrar más

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba