Política

Obligatorio otorgar servicios de salud con perspectiva de género a mujeres en situación de violencia: IHM

PACHUCA DE SOTO, 03 JUN/News Hidalgo/.-  “La atención a mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia, tiene una relación inherente a los servicios médicos, los cuales deben otorgarse con perspectiva de género, una obligatoriedad establecida en leyes y normas que es importante conocer a fondo para su correcta aplicación, so pena de incurrir en responsabilidad administrativa e incluso penal”.

Así lo externó María Concepción Hernández Aragón, directora general del Instituto Hidalguense de las Mujeres (IHM), al impartir la conferencia “Prevención de la violencia contra las mujeres en materia de salud, en el marco del COVID19”, dirigida a personal de la Jurisdicción Sanitaria XI Apan, a solicitud de María del Pilar Ortega Hernández, coordinadora de Capacitación, debido a que son el primer contacto de pacientes involucradas en casos de violencia familiar, por lo que requieren saber identificarlas y canalizarlas.

Además, recordó que en el marco del Operativo Escudo, puesto en marcha por el titular del Ejecutivo estatal, Omar Fayad, el IHM realiza de manera virtual, capacitación, talleres, charlas y conferencias sobre diversos temas que permitan eficientar la atención a mujeres y niñas, en estos momentos de aislamiento por las medidas sanitarias ante la pandemia por coronavirus, por lo que existe total disposición para atender las solicitudes.

Durante la conferencia en la que participaron más de 80 personas, dijo que la violencia contra las mujeres está catalogada también como una pandemia; es un problema de salud y seguridad pública, por lo que es indispensable que en todas las áreas sepan qué hacer y cómo conducirse ante un asunto de esa naturaleza, particularmente en el sector salud.

Hizo un repaso de la normatividad aplicable, la cual pondera el derecho de una víctima de violencia familiar a recibir atención médica integral, inmediata, con perspectiva de género y sin discriminación por ningún motivo. En particular se refirió a la Norma Oficial Mexicana 046, cuyo objetivo es establecer los criterios a observar en la detección, prevención, atención médica y la orientación que se proporciona a las y los usuarios de los servicios de salud en general y en particular a quienes se encuentren involucrados en situaciones de violencia familiar o sexual, así como en la notificación de los asuntos al Ministerio Público.

La NOM 046 es de observancia obligatoria para las instituciones del Sistema Nacional de Salud, así como para los y las prestadoras de servicios de salud de los sectores público, social y privado; su incumplimiento puede ser motivo de una sanción penal, civil o administrativa.

Finalmente, Hernández Aragón hizo énfasis en las implicaciones que puede tener no acatar dicha disposición, sobre todo en lo referente a la notificación: “Si desde los servicios médicos recibimos y detectamos a una víctima de violencia familiar o sexual, y no notificamos al Ministerio Público, y ni siquiera le decimos que tiene le oportunidad y el derecho de denunciar los hechos que se cometieron en su contra, además de incurrir en una responsabilidad administrativa o penal, cometeríamos una omisión que podría generar el regreso de la víctima con el generador de violencia, por lo tanto estaríamos comprometiendo de manera directa su integridad física y su vida”.

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