Congreso

Designan Concejos Municipales

PACHUCA DE SOTO, 04 SEP/News Hidalgo/.- Tras un fuerte consenso y trabajo, integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo designaron a los Concejos Municipales para los 84 ayuntamientos hidalguenses que encabezarán sus respectivas demarcaciones del 5 de septiembre al 14 de diciembre de 2020.

Lo anterior, derivado de la suspensión del proceso electoral para la renovación de los 84 ayuntamientos hidalguenses, el cual fue pospuesto hasta el 18 de octubre del año en curso, por la contingencia sanitaria a nivel mundial, provocada por el virus SARS-CoV-2, que causa la enfermedad coronavirus tipo Covid-19.

Durante los trabajos del quinto periodo extraordinario de sesiones correspondiente al receso del segundo periodo ordinario de sesiones correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional de la LXIV Legislatura de Hidalgo, las y los diputados locales aprobaron por unanimidad la integración de los 84 Concejos Municipales.

Los dictámenes fueron emitidos por la Comisión de Gobernación del Congreso local que preside el diputado José Luis Espinosa Silva, quien mencionó que la administración municipal se encuentra en una situación eventual ya que los nuevos integrantes deberían tomar protesta el 5 de septiembre, sin embargo, será hasta el 15 de diciembre del presente año.

“De lo razonado, se desprende que el constituyente permanente nacional y estatal creó reglas generales para atender situaciones emergentes a falta de Ayuntamientos, por ello, se estableció que, en tanto entraran en el desempeño de su encargo los integrantes del Ayuntamiento electos mediante sufragio universal, libre, secreto y directo de los ciudadanos, se prevé designar un Ente que asuma las funciones del Ayuntamiento”, afirmó.

En pro del dictamen, el legislador Víctor Osmind Guerrero Trejo sostuvo que, “no se debe perder de vista que la razón de ser de los concejos municipales consiste en su naturaleza sustituta y emergente con respecto a la figura constitucional del Ayuntamiento, mismos que sólo podrán existir bajo las hipótesis establecidas en el marco constitucional y legal”.

Por lo anterior, la legislación establece que, “las Legislaturas de los Estados deberán designar de entre los vecinos a los concejos municipales que concluirán los periodos respectivos; en el entendido de que estos concejos estarán integrados por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir los requisitos de elegibilidad establecidos para los regidores que son electos por el voto directo”.

Asimismo, se menciona que, “que la institución de concejos municipales no violenta el derecho de votar y ser votado, pues se trata de dos supuestos distintos propios de una democracia; el primero, cuando se accede al poder por vía del sufragio libre, secreto y universal”.

Las autoridades designadas deberán recibir, de los presidentes municipales salientes, la administración pública municipal, así como realizar los trámites correspondientes, mientras que el 14 de diciembre deberán entregarla a las autoridades que resulten electas y rindan protesta de ley el próximo 15 de diciembre del año en curso.

 

 

 

Mostrar más

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba