Política

Alcaldesa de Acatlán esconde información a regidores

PACHUCA DE SOTO, 31 ENE /NEWS HIDALGO/.- En Sesión Pública de Pleno transmitida en vivo por las redes del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, se resolvieron diversos medios de impugnación.

En el expediente TEEH-JDC-167/2021, una ciudadana de iniciales M. L. R. M. impugnó resolución dictada por el Órgano Garante de los Derechos Políticos de los Afiliados y las Afiliadas del partido político local Nueva Alianza Hidalgo, mediante el cual se declararon infundados supuestos actos de violencia de género. El Pleno declaró fundado el agravio en razón de que la autoridad responsable no fue congruente, ni exhaustiva, en el motivo de su decisión, pero inoperante ya que, la ponencia a cargo del JDC-167/2021 hizo un análisis profundo del tema y determinó que no existió violencia por razón de género. Derivado de lo anterior, se confirmó la resolución impugnada.

Respecto al Juicio TEEH-JDC-169/2021, el síndico municipal del ayuntamiento de Acatlán, Hidalgo, denunció la omisión de la Presidenta municipal del referido ayuntamiento de dar respuesta a su solicitud de información. El Pleno declaró fundado el agravio pues no se acreditó que la autoridad responsable entregara la información requerida.

Por lo anterior se ordenó a la Presidenta entregar la información peticionada o en su caso manifestar de manera fundada y motivada la imposibilidad de hacerlo, al mismo tiempo exhortó a la misma para que atienda las solicitudes de información hechas por sus compañeros de cabildo, ya que esta prerrogativa está establecida en la normativa y es necesaria para el debido ejercicio del cargo de los regidores, regidoras y síndico.

Dentro del Procedimiento TEEH-PES-069/2021, la ciudadana Y. C. S. denunció a Juan Francisco Briones Flores, por hechos que, a su decir, generaron violencia política de género. El Pleno declaró inexistente dicha conducta porque al hacer un análisis exhaustivo del tema y tomando en cuenta los protocolos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Sala Superior, además de considerar el marco convencional y constitucional que regula la violencia política contra las mujeres en razón de género, se llegó a la conclusión de que los actos y hechos referidos por la denunciante no constituyen violencia política por razón de género.

En el expediente TEEH-JDC-003/2022, la regidora del ayuntamiento de Acatlán, Hidalgo, Yessica Olvera Pérez, denunció la omisión de la autoridad señalada como responsable de dar respuesta a dos oficios de solicitud de información. El Pleno desechó la demanda pues se acreditó que sí se dio contestación a los oficios.

Por otra parte, en el recurso TEEH-RAP-MOR- 001/2022, el partido político Morena, impugnó el acuerdo relativo a la solicitud de registro de la coalición “Va por Hidalgo” que presentan los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática para el proceso electora local 2021-2022. El Pleno calificó como infundados los agravios porque la autoridad responsable cumplió con sus atribuciones de acuerdo a lo mandatado y se confirmó el acuerdo que determinó procedente otorgar el registro a la coalición “Va por Hidalgo”.

Por último, en el TEEH-JDC-093/2021-INC-1, el Pleno declaró que la sentencia principal, que ordena la reglamentación para la participación de las personas con discapacidad dentro de las actividades de campaña, se encuentra en vías de ser cumplida en sus términos, y se propuso ordenar a las autoridades vinculadas, para que cada una, en el ámbito de sus atribuciones, informen al TEEH sobre el cumplimiento efectivo a lo ordenado en el expediente TEEH-JDC-093/2021.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron la Magistrada Presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga; Magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez; Magistrado Leodegario Hernández Cortez y el secretario general en funciones Antonio Pérez Ortega.

Consulta el video de la Sesión Plenaria en YouTube: https://youtu.be/SQ1seW0nCsk?t=60

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