Política

TEEH emite sentencias

PACHUCA DE SOTO, 28 AGO/News Hidalgo/.- Confirmó el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) la resolución (CJ/JIN/38/2020) dictada por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN, tras declarar inoperante el agravio presentado por José Felipe Alejandro Téllez Islas, en su calidad de militante del Partido Acción Nacional (PAN), mediante el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (TEEH-JDC-071/2020) en contra de dicha resolución por considerar que se actuó con parcialidad, ilegalidad e inexactitud en la aplicación e interpretación de los estatutos partidistas al declarar infundados sus argumentos relacionados con el método de asignación de candidaturas para los ayuntamientos de Hidalgo, “sin especificar la parte de la sentencia que lo agravia”, explicó la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo.

Por unanimidad de votos desecharon el medio de impugnación interpuesto por Héctor Herrera Ocampo, en su calidad de afiliado a Morena, mediante el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (TEEH-JDC-072/2020) en contra de la publicación y contenido de la convocatoria de selección de candidaturas para la integración de las planillas para la contienda electoral en Apan, Hidalgo; por falta de interés jurídico en el actor debido a que no participó en tal procedimiento toda vez que alegó no haberlo hecho por el cambio de dirección para la recepción de la documentación. Situación que imposibilita la intervención de este órgano jurisdiccional, como lo señaló la magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada.

Los magistrados desecharon la demanda del Juicio Ciudadano (TEEH-JDC-073/2020) promovido por Arturo Copca Becerra, Saúl Marín Lugo y Eric Téllez Hernández, en su carácter de indígenas, en contra de la omisión del Congreso del Estado de Hidalgo para establecer las reglas que permitan garantizar la presencia de las personas pertenecientes a comunidades indígenas en los Consejos Municipales que entrarán en funciones el próximo 5 de septiembre del año en curso; ya que la integración de los mismos no deriva del ejercicio del voto, no es materia tutelable en la jurisdicción electoral, indicó el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez.

De la sentencia anterior se encuentra, en la página web del TEEH, la traducción en las lenguas: náhuatl y ñha ñhú del Valle del Mezquital; en ésta última dio lectura la traductora Nicolasa Doñú Baxcajay.

Los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano: promovidos por Juan Remigio Mejía Martínez, bajo el expediente TEEH-JDC-088/2020, y Miguel Ángel Peña Sánchez a través del oficio TEEH-JDC-094/2020, en contra de la elección interna de Morena para la postulación de candidatos a las presidencias municipales de Tlaxcoapan y Zempoala, respectivamente, fueron considerados como no presentados al no cumplir con el requisito de acreditación de identidad mediante la copia de la Credencial de Elector.

Fue desechada la demanda presentada por el Partido Nueva Alianza Hidalgo mediante el Juicio Electoral (TEEH-JE-006/2020), ya que el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) dio cumplimiento a lo ordenado por este tribunal revocando el oficio IEEH/DEPIPP/589/2020 relativo a la devolución de los remanentes del proceso electoral del 2018 y que se constituyó como el acto reclamado; asimismo, emitió un nuevo acuerdo con el cual se ordenó al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos ejecutar el trámite correspondiente, por lo que quedó sin materia el fondo del asunto.

Relativo al Incidente de Incumplimiento de Sentencia (TEEH-JDC-147/2019-INC-3) registrado por María Silvia Muñoz Maldonado, Benigno Cruz Hernández, Basilio Aguirre Hernández, Juan Antonio Salais Castro y María Félix Hernández Maldonado, con motivo de no haber recibido remuneración a sus cargos de delegados y delegadas, así como subdelegados y subdelegadas del Ayuntamiento de Cuautepec; este Tribunal Electoral determinó el cumplimiento parcial de la sentencia dado que la autoridad responsable expresó haber pagado a los ciudadanos: María Victoria Durán García, Benigno Cruz Hernández y Juan Antonio Salais Castro los meses correspondientes a marzo, abril, mayo y junio, quedando pendientes enero y febrero; sin embargo, no hizo lo propio con María Félix Hernández Maldonado y Basilio Aguirre Hernández por no haberse presentado para solicitar su pago.

Por lo anterior, ordenaron al Ayuntamiento de Cuatepec de Hinojosa realizar, en un plazo no mayor a tres días a partir de la notificación de esta sentencia, el pago a los ciudadanos María Victoria Durán García, Benigno Cruz Hernández y Juan Antonio Salais Castro el pago de sus dietas correspondientes a enero y febrero del presente año; notificar en un plazo no mayor a 24 horas a los ciudadanos María Félix Hernández Maldonado y Basilio Aguirre Hernández la posibilidad de solicitar su pago en un plazo no mayor a tres días; así como notificar el cumplimiento de la sentencia al TEEH.

Luego de que los regidores y la regidora de Atotonilco de Tula recibieron el pago correspondiente a las dietas de enero al 15 de agosto del presente año, así como el aguinaldo proporcional de enero a septiembre del 2019; los magistrados dieron aval al efectivo cumplimiento de la sentencia del juicio principal del que se desprendió el Incidente de Inejecución de Sentencia (TEEH-JDC-006/2020-INC-2) promovido por Héctor Rodríguez López, Javier Rodríguez Moreno, Elías Gustavo Salazar Rodríguez, Juana Rodríguez López y Alfredo Rodríguez Mendoza.

Fue calificado como parcialmente fundado el agravio señalado por la regidora de Epazoyucan Laura Ortiz Arciga, a través del Incidente de Inejecución de Sentencia (TEEH-JDC-025/2020-INC-1), al alegar que no le fue entregada la información completa que se les otorgó en un dispositivo USB y con lo cual se le impide el ejercicio de sus funciones, luego de una valoración judicial que lo confirmó. Bajo ese tenor, dieron vista a la Procuraduría General del Estado de Hidalgo con el objetivo de que investigue los hechos constitutivos del delito de falsedad ante la autoridad, ya que el responsable manifestó ante protesta de decir verdad de que toda la información que fue entregada estaba contenida en el dispositivo USB, afirmación desvirtuada por la autoridad ante la inspección judicial. Además, ante el desacato de esta sentencia por parte del presidente municipal se impuso como medida de apremio una multa de 100 UMAS.

Una vez que la regidora de Metztitlán Diana Karina de la Cruz Méndez confirmó que el tesorero, por indicación del alcalde, transfirió de la cuenta bancaria del Ayuntamiento a su cuenta personal el pago anual correspondiente al 2019; el pleno de este órgano jurisdiccional dio por cumplida la sentencia del juicio principal y fue mandado al archivo el Incidente de Cumplimiento de Sentencia (TEEH-JDC-069/2020-INC-1), asentado por la síndica procuradora María del Carmen Morales Ceballos.

Fue dado de baja el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (TEEH-JDC-087/2020), suscrito por Vicente Calderón Rosales; el cual será analizado y resuelto en una próxima sesión plenaria, debido a que de último momento se ingresó la documentación requerida.

Consulta el video de la Sesión Plenaria en YouTube: https://youtu.be/8Viq8eld0Rs?t=294

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