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Trabajadores con al menos 15 años de trabajo, tienen derecho a recibir Prima de Antigüedad

PACHUCA DE SOTO, 12 Mar /News Hidalgo/.- Los trabajadores que concluyan la relación laboral que tenían con su patrón luego de cumplir por lo menos 15 años de trabajo, tienen derecho a recibir la prima de antigüedad, pago equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado; informó la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH).

Con fundamento en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, el pago de la prima de antigüedad se realizará en todos los casos de separación laboral, cuyo monto se debe efectuar con base al doble del salario mínimo vigente, cuando el salario exceda de dicha cantidad o bien si el salario del trabajador es inferior al mínimo, con éste se debe cubrir la prima de antigüedad.

La prima de antigüedad se deberá pagar a los trabajadores que se separan voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido, por lo menos, quince años de servicios, al igual que a los empleados que se separen de su trabajo por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la circunstancia del despido.

No obstante, cuando la separación es voluntaria se deben considerar algunos factores, como: si el número de trabajadores que se retira dentro del término de un año no excede del 10 por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, o de los de una categoría determinada, el pago se hará en el momento del retiro.

Si el número de trabajadores que se retire excede del 10 por ciento, se pagará a los que primeramente se retiren y podrá diferirse para el año siguiente el pago a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje.

Asimismo, si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor número de años de antigüedad laboral y podrá diferirse para el año siguiente el pago de la que corresponda a los restantes trabajadores.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo en caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a las personas que establezca la ley independientemente de cualquier otra prestación que corresponda.

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