Congreso

Rinden protesta consejeros honoríficos de Consejo Estatal Ciudadano de Comisión de Búsqueda

PACHUCA DE SOTO, 30 JUL/News Hidalgo/.- Durante la última sesión ordinaria del primer año de ejercicio de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo, la diputada Lucero Ambrocio Cruz tomó protesta a las y los especialistas de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas o en la investigación y persecución de los delitos, dentro de los Consejeros Honoríficos del Consejo Estatal Ciudadano de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Hidalgo.

Lo anterior, tras aprobarse con 28 a favor, cero en contra y cero abstenciones, el dictamen emitido por las comisiones conjuntas de Gobernación, De Derechos Humanos y Atención de las Personas con Discapacidad, y De Seguridad Ciudadana y Justicia de la Cámara local, presididas por las y los representantes José Luis Espinosa Silva, Lisset Marcelino Tovar y Víctor Osmind Guerrero Trejo, respectivamente.

Con ello, el Consejo Estatal Ciudadano de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Hidalgo estará integrado por:

  • Familiares que representen a los familiares de personas desaparecidas o no localizadas: Juan Carlos Lozada Delgadillo y Gregoria Ortiz Garnica.
  • Especialista de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas o en la investigación y persecución de los delitos: Ana Delia Lara Vargas y Pablo Elías Vargas González.
  • Representantes de organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos que cuenten con experiencia en el tema de desaparición y búsqueda de personas: Arturo Archundia Cedillo, Nydia Natalia González López y Julio César Monzalvo Uribe.

De la misma forma, las y los integrantes de la Cámara local aprobaron adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Hidalgo, promovidas por las y los diputados, Julio Manuel Valera Piedras, Areli Maya Monzalvo y Ricardo Raúl Baptista González.

Con ello, se adiciona el artículo 321 TER con el que se definen los números de emergencia; así como el artículo 321 Quater, con el que se establece que al que realice llamadas o solicite de cualquier forma la intervención de los servicios de emergencia para dar un aviso que resulte falso y que provoque la movilización o presencia de personal de emergencia, se le impondrá de tres meses a dos años de prisión y multa de cinco a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Asimismo, en caso de reincidencia se duplicará la punibilidad prevista en el párrafo anterior. Este delito se perseguirá por querella de la institución encargada de brindar los servicios de emergencia. También se derogó el título sexto del Libro Segundo, sus Capítulos I, II, III y los artículos 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201 y 202, que incluye los capítulos de delitos contra el honor, difamación, calumnia y honor.

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